Telecomunicaciones Dominicanas
Telecomunicación es toda transmisión y recepción de señales de cualquier naturaleza, típicamente electromagnéticas, que contengan signos, sonidos, imágenes o, en definitiva, cualquier tipo de información que se desee comunicar a cierta distancia.

Las Telecomunicaciones en República Dominicana, como en cualquier parte del mundo, representan un gran soporte para su desarrollo.
¿Qué es el Espectro Radioeléctrico?
Es un recurso natural, limitado y mesurable que permite transportar energía, enviar y recibir mensajes de distinta naturaleza a distancia, a través de un mecanismo de propagación por el espacio sin el concurso de una guía artificial.
Se considera natural porque cumple con características particulares bien definidas, tales como:
- Recurso disponible y de libre acceso;
- Se puede accesar desde cualquier lugar;
- Acceso ilimitado en el tiempo; y
- Esta disponible en todo el planeta tierra.
Es un recurso limitado porque la explotación irracional agota su capacidad e impide el acceso a otros usuarios. Por esta razón, debe ser administrado para asegurar el acceso eficiente y equitativo de los servicios que lo utilizan.
División del Espectro Radioeléctrico en bandas de frecuencias
Todo el conjunto de frecuencias que corresponden a este segmento de espectro electromagnético se divide en segmentos más pequeños con límites perfectamente definidos que se denominan bandas de frecuencias. Las cuales van desde los 3 Khz. hasta los 3000 Ghz.
¿Quiénes son los usuarios del espectro?
Sin saberlo, casi todos somos usuarios del espectro. Este es un bien de uso público, que pertenece a la comunidad y es indispensable para el funcionamiento de los equipos de telecomunicaciones: televisores, radiorreceptores, teléfonos móviles
Son usuarios del espectro las compañías telefónicas, taxis, Radiodifusión televisiva, Radiodifusión Sonora (Radio AM y FM) y la ciudadanía en general.
¿Por qué es necesaria la Gestión del Espectro Radioeléctrico?
La Gestión del Espectro es la combinación de procedimientos administrativos, científicos y técnicos, necesarios para garantizar una explotación eficaz del equipo y los servicios de radiocomunicaciones sin producir interferencia perjudicial.
En la República Dominicana, el órgano regulador, INDOTEL, actuando en conformidad con la Ley General de Telecomunicaciones, el Plan Nacional de Atribución de Frecuencias (PNAF) y con las Normas y Recomendaciones Internacionales, tiene la facultad de gestionar, administrar y controlar el espectro radioeléctrico, incluyendo las facultades de atribuir a determinados usos, bandas especificas, asignar frecuencias a usuarios determinados y controlar su correcto uso.
Televisión Digital en RD
La República Dominicana está en el proceso de cambio de la señal de Televisión Análoga a la señal de Televisión Digital para ser implementada en el año 2021.
¿Qué es Televisión Digital?
La televisión digital es parte de las nuevas tecnologías, donde tanto la transmisión como la recepción de la imagen y el sonido viene mediante señales digitales codificadas de forma binaria, a diferencia de la televisión tradicional que codifica de manera analógica.
Televisión Digital Terrestre (TDT)
Es la transmisión de la televisión de señal digital (binaria) mediante una red de repetidores terrestres. Al igual que en la actualidad (Análoga), la TDT sigue siendo GRATUITA, sólo que la tecnología con la que se transmite es más avanzada y permite mayor calidad.
Encendido Digital
Se refiere al momento en que las emisoras empiezan a transmitir señal digital. Este proceso suele ser simultáneo con la señal analógica, ya que se establece como un período de transición en la que los usuarios finales puedan ir equipándose para seguir recibiendo la señal una vez se haga el apagón analógico.
Apagón Analógico
Se refiere a la fecha límite de transmisión analógica, a partir de ese momento la señal de televisión que se transmitirá será únicamente digital.
Caja Decodificadora
Los aparatos televisivos que no vengan con el sistema digital incluído necesitarán usar una caja decodificadora, la cual convertirá la señal digital para que sea posible visualizarse en el televisor analógico.
Multicast
El sistema digital permite que en la misma cantidad de espectro se pueda transmitir más de una señal, es decir, que los canales de televisión puedan multiplicarse hasta cuatro veces.
La Televisión Digital en República Dominicana
La televisión digital se refiere al formato de transmisión y recepción de imagen y sonido, a través de señales digitales. En contraste con la televisión tradicional, que transmite los datos de manera analógica, la televisión digital codifica señal en un formato de 0 y 1, es decir forma binaria.
Son múltiples los beneficios que la transición de la televisión analógica a la digital reportaría al país, abriendo un abanico de opciones para los usuarios del servicio en el país, y sobre todo, la oportunidad de hacer disponible espectro radioeléctrico para servicios móviles de 5 generación lo que sería un hito sin precedentes para la nación.
Existen 4 estándares para la operación de la televisión digital que son el europeo, el norteamericano, Japonés-Brasileño ISDBT, y el chino (DTMB). La Republica Dominicana escogió el estándar ATSC, el cual es también usado por Cánada, México y Corea del Sur.
Entre los beneficios de la digitalización de la televisión se encuentran la calidad del sonido, el cual incorpora decodificadores Dolby Digital, para lograr un sonido envolvente y sobre todo la calidad de alta definición de imagen. En vista de que los canales estarían usando la totalidad del ancho de banda de un canal análogo, es decir 6Mhz, podrán tener varios canales en HD y en definición standard o SD, lo mismo que poder transmitir varios canales en dicho ancho de banda.
En vista de que no fue posible la implantación de la TDT en septiembre 2015 como se había planificado, el Poder Ejecutivo emitió un nuevo decreto, el 294-15, el cual extiende hasta el 2021 dicha implementación en el país. El Indotel, se ha propuesto dar pasos concretos a los fines de lograr el encendido digital antes de la fecha, muy probablemente para el primer semestre de 2019, a los fines de traer los beneficios que supone la adopción de tecnología digital aplicada a la televisión, y su impacto en el sector de las telecomunicaciones.
Servicio de Radiodifusión Televisiva
El servicio de Radiodifusión Televisiva es de difusión de carácter público y sus emisiones son destinadas a ser recibidas directamente por el público en general.
Para la prestación del servicio de Radiodifusión Televisiva se requiere del otorgamiento de una concesión previo a concurso celebrado por el Indotel.
La instalación y funcionamiento del servicio se rigen por las disposiciones de la Ley, los reglamentos que la complementan y por las normas técnicas dictadas por el Indotel.
CLASIFICACIÓN DEL SERVICIO DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA, ATENDIENDO A LAS BANDAS DE FRECUENCIAS DE OPERACIÓN
(a) Servicio de radio difusión televisiva por ondas métricas o VHF, con bandas de frecuencias de operación comprendidas en:
- 54-60 Mhz = canal 2
- 60-66 Mhz = canal 3
- 66-72 Mhz = canal 4
- 76-82 Mhz = canal 5
- 82-88 Mhz = canal 6
- 174-180 Mhz = canal 7
- 180-186 Mhz = canal 8
- 186-192Mhz = canal 9
- 192-198 Mhz = canal 10
- 198-201 Mhz = canal 11
- 204-210Mhz = canal 12
- 210-216Mhz = canal 13
(b)Servicio de radiodifusión televisiva por ondas decimétricas o UHF, con banda de frecuencias de operación comprendida en:
- 470 – 806 MHz
Portabilidad Numérica
La portabilidad numérica es el derecho que tienen los usuarios de servicios de telecomunicaciones a conservar su número de teléfono cuando cambian de prestador de servicio telefónico fijo o móvil.
En la República Dominicana la Portabilidad Numérica entró en vigencia el 30 de septiembre de 2009 y con ésta se fortalece el derecho de los usuarios a elegir su prestador de servicios de telefonía fija o móvil; orientado por la evaluación de las condiciones de calidad y precio, sin el riesgo de perder su número telefónico. Por tanto, la Portabilidad Numérica contribuye a promover la competencia entre los prestadores de servicios de telecomunicaciones en beneficio de los usuarios, teniendo las empresas que mejorar sus servicios con la finalidad de conservar a sus usuarios y atraer a nuevos clientes.
Radio
SERVICIO DE RADIODIFUSIÓN SONORA DE FRECUENCIA MODULADA (FM)
El servicio de Radiodifusión Sonora de Frecuencia Modulada (FM), de conformidad con lo establecido en la Ley 153-98, es de difusión de carácter público y sus emisiones son destinadas a la recepción directa por el público en general.
Para la prestación del servicio público de Radiodifusión Sonora de Frecuencia Modulada (FM) se requiere del otorgamiento de una concesión previo concurso público celebrado por el Indotel.
La instalación y funcionamiento de dicho servicio se rigen por las disposiciones de la Ley y las de los reglamentos que la complementen, así como de las normas técnicas dictadas por el Indotel.
Clasificación del Servicio de Radiodifusión Sonora de Frecuencia Modulada (FM)
Clase A: Con potencia radiada efectiva máxima mayor que 10 Kw. y menor o igual a 100 Kw.
Clase B: Con potencia radiada efectiva máxima mayor que 1 Kw. y menor o igual a 10 Kw.
Clase C: Con potencia radiada efectiva máxima no superior a 1 Kw.
SERVICIO DE RADIODIFUSIÓN SONORA DE AMPLITUD MODULADA (AM)
El servicio de Radiodifusión Sonora de Amplitud Modulada (AM), de conformidad con lo establecido en la Ley 153-98, es de carácter público y sus emisiones son destinadas a la recepción directa por el público en general.
Para la prestación del servicio público de Radiodifusión Sonora de Frecuencia Modulada se requiere del otorgamiento de una concesión previo concurso público celebrado por el Indotel.
La instalación y funcionamiento de dicho servicio se rigen por las disposiciones de la Ley y las de los reglamentos que la complementan, así como de las normas técnicas dictadas por el Indotel.
Clasificación del Servicio de Radiodifusión Sonora de Amplitud Modulada (AM), Atendiendo las Bandas de Frecuencia de Superación
Servicio de radiodifusión por ondas hectométricas u ondas medias, con banda de frecuencias de operación comprendida entre 535 A 1,705 KHz.
Servicio de radiodifusión por ondas decamétricas u ondas cortas, con las siguientes bandas de frecuencias de operación: 5,900 A 26,100 KHz.
Servicio de radiodifusión en la zona tropical, con las siguientes bandas de frecuencias de operación: 2,300 A 5,060 KHz.
Clasificación del Servicio de Radiodifusión Sonora de Amplitud Modulada (AM), Atendiendo la Zona de Servicio de su Operación
Clase A: Con potencia de transmisión mayor que 10 KW y menor o igual a 50 KW de día y 10 KW de noche, con protección en la zona servida por la onda de superficie y por la onda ionosférica del 50 % del tiempo.
Clase B: Con potencia de transmisión mayor que 5 KW y menor o igual a 10 KW, con protección en la zona servida por la onda de superficie.
Clase C: Con potencia de transmisión mayor que 1 KW y no superior a 5 KW, con protección en la zona servida por la onda de superficie.
Clase D: Con potencia de transmisión no superior que 1 KW, con protección en la zona servida por la onda de superficie.
Clasificación de las Estaciones de Radiodifusión Sonora Por Ondas Cortas (OC), Atendiendo la Zona de Servicio de su Operación
Estación de servicio internacional: Con potencia de transmisión de hasta 100 KW, o que utilicen un enlace ascendente, cuyas emisiones están destinadas a zonas de servicio parcial o totalmente fuera del territorio de República Dominicana.
Estación de servicio doméstico o nacional: Con potencia de transmisión de hasta 50 KW, cuyas emisiones están destinadas a zonas de servicio dentro del territorio de República Dominicana.
Las Firmas Digitales
El Régimen Legal de las Firmas Digitales en la República Dominicana se encuentra sustentado por la Ley No. 126-02, sobre Comercio Electrónico, Documentos y Firmas Digitales, basada en la Ley Modelo de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (UNCITRAL, por sus siglas en ingles), así como por su Reglamento de Aplicación aprobado por el Decreto No. 335-03.
En la década de los noventa, los negocios virtuales a través del Internet crecían de manera espeluznante, los cibernautas cada vez mas se motivaban a dar sus tarjetas de crédito para obtener productos y servicios a través de la red. Pero no todos lo que utilizaban la llamada red de redes, lo hacían con fines sanos, aparecieron en escena los famosos Hackers (Curiosos en ocasiones sin intenciones malignas) y los mas peligrosos los ¨Crakers¨, aquellos que tenían por costumbre, robar identidades, números de tarjetas de crédito o algo muy pernicioso, destruir, alterar y desviar la información que se transmite a través de la red..
Ante estas actuaciones, las cuales introducían un elemento de inseguridad en las transacciones comerciales, se apodero la Comisión de Derecho Mercantil de la ONU, a los fines de que se investigara sobre la forma de obtener una herramienta tecnológica que trajera confianza y seguridad en la transmisión y recepción de la información. Posteriormente, después de profundos desarrollos tecnológicos implementados por técnicos calificados al servicio de la UIT (Unión Internacional de la Telecomunicaciones, entidad dependiente de la ONU, nace entonces LA FIRMA DIGITAL, la cual como luego explicaremos, nos garantiza que la transacción se haga dentro de un entorno de seguridad y confianza entre las partes que interactúan.
En el campo legal y es ahí donde esta su gran importancia, los países armonizan sus legislaciones a los fines de darle un carácter probatorio a los documentos y mensajes de datos (emails) que han sido firmados digitalmente, considerando y equiparando esta firma con la firma manuscrita…luego entonces estamos hablando de que un acto o documento firmado digitalmente adquiere la categoría legal de un acto firmado bajo firma privada.
Tres son los atributos de esta maravillosa herramienta, la cual garantiza lo siguiente:
- Identidad, que implica identificar a las partes que interactúan sin ninguna duda.
- Integridad, Nos da la certeza de que el mensaje recibido por el receptor es exactamente el mismo mensaje emitido por el emisor, sin que haya sufrido alteración alguna durante el proceso de transmisión.
- No repudiación o no rechazo en origen, que implica que el emisor del mensaje no pueda negar en ningún caso que el mensaje ha sido enviado por él.
Confidencialidad o Privacidad, este factor se añade a la firma digital; esta fundamentada en ocultar la información. Se basa en la criptografía, o ciencia que describe, estudia y profundiza sobre la ocultación de mensajes. La idea es que nadie pueda ver el contenido de la información.
¿Cómo luce una firma digital y como se firma digitalmente?
Esta herramienta no esta concebida como algo físico puesto que entonces seria muy vulnerable a las falsificaciones por ejemplo; esta consiste realmente en un numero aleatorio el cual se genera a lo interno de la computadora y que dependerá del texto que estamos transmitiendo, de tal manera, que si este se alterara en el trayecto, al recibirlo en destino cambiaria su valor en una dimensión inimaginable. Comprobándose entonces que la información fue alterada.
Se trata entonces, de un archivo el cual es emitido por una prestadora de servicios de certificación, conteniendo los datos generales del suscriptor del servicio así como otros de carácter técnicos.
Para firmar digitalmente, se introduce en un lector (Card reader) el archivo consistente regularmente en un chip encapsulado dentro de una tarjeta parecida a una de crédito. A partir de ahí usted no tiene que saber nada de electrónica, con tan solo dar un click en un espacio reservado para firmar, proveído por la aplicación, en cuestión de segundos ya habrá firmado digitalmente.
La utilización del par de claves (privada y pública) implica que A (emisor) cifra un mensaje utilizando para ello su clave privada y, una vez cifrado, lo envía a B (receptor). B descifra el mensaje recibido utilizando la clave pública de A. Si el mensaje descifrado es legible e inteligible significa necesariamente que ese mensaje ha sido cifrado con la clave privada de A (es decir, que proviene de A) y que no ha sufrido ninguna alteración durante la transmisión de A hacia B, porque si hubiera sido alterado por un tercero, el mensaje descifrado por B con la clave pública de A no sería legible ni inteligible. Así se cumplen dos de los requisitos anteriormente apuntados, que son la integridad (certeza de que el mensaje no ha sido alterado) y no repudiación en origen (imposibilidad de que A niegue que el mensaje recibido por B ha sido cifrado por A con la clave privada de éste). El tercer requisito (identidad del emisor del mensaje). Es decir que lo que una de las clave hace solo la otra lo puede deshacer, y esto es lo que permite que el usuario goce de una seguridad plena al momento de realizar su transacción.
Es importante saber que para la emisión del certificado digital en República Dominicana el ciudadano, de ahora en adelante el suscriptor, debe dirigirse a una Entidad Certificadora (EC) autorizada por el Ente Regulador (ER)- Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), quien a su vez publicará en su portal de Internet la lista de autoridades certificadoras reguladas por él.
Estas Autoridades de Certificación cuentan con unas Unidades de Registro que será donde se tomarán los datos del suscriptor personalmente. La figura que introduce la legislación de la autoridad de registro, garantiza que el certificado emitido para firmar digitalmente solo será entregado previa presentación personal del suscriptor.
¿Cómo obtengo el dispositivo para firmar digitalmente un mensaje?
El proceso para obtener los elementos que necesito para firmar digitalmente mensajes (par de claves y certificado digital) es el siguiente:
Me dirijo a una empresa o entidad que tenga el carácter de Prestador de Servicios de Certificación, solicito de ellos el certificado digital , esta prestadora remite al suscriptor a una unidad de registro a los fines de que sea identificado.
La unidad de registro, subordinada al prestador de Servicios de Certificación comprobará mi identidad, bien directamente o por medio de entidades colaboradoras (Autoridades Locales de Registro), para lo cual deberé exhibirle mi cédula. En caso de tratarse de unl representante de una sociedad (administrador, apoderado, etc.) o de cualquier otra persona jurídica, este debera acreditarse documentalmente.
El prestador de Servicios de Certificación crea con los dispositivos técnicos adecuados el par de claves pública y privada y genera el certificado digital.
El prestador de Servicios de Certificación me entrega una tarjeta semejante a una tarjeta de crédito con un chip conteniendo el par de claves y el certificado digital. Adicionalmente, para firmar se suele pedir un password o clave personal.
Con esa tarjeta o chip y un lector especial conectado a mi computador personal, podré leer y utilizar la información grabada en la tarjeta para firmar digitalmente los mensajes electrónicos que envíe a otras personas.
¿Cómo funciona la firma digital?
La firma digital funciona utilizando complejos procedimientos matemáticos que relacionan al documento firmado con información propia del firmante, y permiten que terceras partes puedan reconocer la identidad del firmante y asegurarse que los contenidos no han sido modificados.
El firmante genera, mediante una función matemática, una huella digital del mensaje. Esta huella digital se cifra con la clave privada del firmante, y el resultado es lo que se denomina firma digital la cual se enviará adjunta al mensaje original. De esta manera el firmante va a estar adjuntando al documento una marca que es única para ese documento y que sólo él es capaz de producir.
Un ejemplo práctico de cómo funciona esta herramienta tan novedosa en la sociedad Dominicana:
José (emisor) crea o redacta un mensaje electrónico determinado (por ejemplo, una propuesta comercial).
La computadora del emisor (José) aplica a ese mensaje electrónico una función hash (algoritmo), mediante la cual obtiene un resumen de ese mensaje… Ese resumen el usuario de la red no lo ve todo eso se produce internamente en la computadora.
La computadora del emisor (José) cifra ese mensaje-resumen utilizando su clave privada.
José envía a María (receptora) un mensaje el cual podria ser en este ejemplo un correo electrónico conteniendo los siguientes elementos:El cuerpo del mensaje, que es el mensaje en claro (es decir, sin cifrar). En el caso de que se desea mantener la confidencialidad del mensaje, éste se cifraria utilizando la clave pública de María (receptora).
La firma del mensaje, que a su vez se compone de dos elementos:
- El hash o mensaje-resumen, en ocasiones se le denomina «huella digital».
- El certificado digital de José, que contiene sus datos personales y su clave pública, y que está cifrado con la clave privada del Prestador de Servicios de Certificación.
Verificación por el receptor de la firma digital del mensaje.
María (receptora) recibe el correo electrónico que contiene todos los elementos mencionados anteriormente.
Si el mensaje vino cifrado, María en primer lugar descifra el certificado digital de José con su clave privada, ejemplo, de la página web del Prestador de Servicios de Certificación en la que existirá depositada dicha clave pública a disposición de todos los interesados.
Una vez descifrado el certificado, María podrá acceder a la clave pública de José que era uno de los elementos contenidos en dicho certificado. Además podrá saber a quién corresponde dicha clave pública, dado que los datos personales del titular de la clave (José) constan también en el certificado.
La computadora de María utilizará la clave pública del emisor (José) obtenida del certificado digital para descifrar el hash o mensaje-resumen creado por José.
María aplicará al cuerpo del mensaje, que aparece en claro o no cifrado, que también figura en el correo electrónico recibido, la misma función hash que utilizó José con anterioridad, obteniendo igualmente María un mensaje-resumen. Si el cuerpo del mensaje también ha sido cifrado para garantizar la confidencialidad del mismo, previamente María deberá descifrarlo utilizando para ello su propia clave privada (recordemos que el cuerpo del mensaje había sido cifrado con la clave pública de José).
La computadora de María comparará el mensaje-resumen o hash recibido de José con el mensaje-resumen o hash obtenido por ella al misma. Si ambos mensajes-resumen o hash coinciden totalmente significa lo siguiente:
El mensaje no ha sufrido alteración durante su transmisión, es decir, es íntegro o auténtico.
El mensaje-resumen descifrado por María con la clave pública de José ha sido necesariamente cifrado con la clave privada de José y, por tanto, proviene necesariamente de José.
Como el certificado digital nos dice quién es José, podemos concluir que el mensaje ha sido firmado digitalmente por José, siendo José una persona con identidad determinada y conocida.
Por el contrario, si las funciones-resumen no coinciden quiere decir que el mensaje ha sido alterado por un tercero durante el proceso de transmisión, y la función-resumen descifrado por María es ininteligible quiere decir que no ha sido cifrado con la clave privada de José. En resumen, que el mensaje no es auténtico o que el mensaje no ha sido firmado por José sino por otra persona.
Indotel
En la Ley General de Telecomunicaciones de la República Dominicana se estructura un órgano regulador, el Instituto Dominicano de Telecomunicaciones (INDOTEL), el cual promueve el desarrollo ordenado y eficiente de las telecomunicaciones en el país.
Sobre el INDOTEL recae la obligación de elaborar los reglamentos que complementan las leyes de telecomunicaciones y garantiza el fiel cumplimiento de las normas establecidas en la misma. INDOTEL se caracterizara, por su autonomía funcional, jurisdiccional y financiera, por su imparcialidad y porque deberá estar integrado por personas de incuestionable experiencia en el área de las telecomunicaciones y profesiones afines.
Telecomunicaciones Dominicanas
Canales de Televisión
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Cable
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Emisoras de Radio FM
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Emisoras de Radio AM
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Fuente: Indotel